1.
Como lo ha señalado la SC 1420/2004-R, el legislador ha previsto las condiciones de validez legal que debe reunir el mandamiento de allanamiento, que están señaladas en el art. 182 del CPP: 1. El nombre y cargo del juez o tribunal que ordena el allanamiento; 2. La indicación precisa del lugar o lugares por ser allanados; 3. La autoridad designada para el allanamiento; 4. El motivo específico del allanamiento, su respectiva fundamentación, las diligencias por practicar y, en lo posible, la individualización de las personas u objetos buscados; y, 5. La fecha y firma del juez.
- Partes: Abraham Quiroga Bonilla
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- II. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. Necesaria referencia al mandamiento de allanamiento y al arresto dispuesto contra la madre del niño, representado por el recurrente.
- obligado
- 1.
- para el registro, requisa y/o secuestro
- puesto que el mandamiento que requirió y fue expedido tenía un fin específico, cual era la requisa
- sin tener presente que el allanamiento no fue librado con facultad de detener a persona alguna, lo que prueba que la privación de libertad del recurrente fue indebida e ilegal
- b. Sobre el arresto con fines investigativos
- con fines investigativos”,
- Fragmento 14
- la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia
