SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2010-R
Fecha: 12-Abr-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega como lesionado su derecho a la libertad física, por cuanto no obstante de que el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de El Alto, dispuso la cesación de su detención preventiva y el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, modificara la fianza en la suma de Bs5.000, habiendo solicitado rectificación de nombre adjuntando un certificado de nacimiento expedido en la República del Brasil, las autoridades demandadas desde el 6 de julio de 2007, dilatan la efectivización de su libertad física y le impiden cumplir con las medidas sustitutivas que le han impuesto. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades demandadas
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Del caso de análisis
- III.4. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APRUEBA