Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
II.3.
II.3. El 7 de julio de 2007, el imputado solicitó complementación al indicado Auto de vista, solicitando se pronuncie por la nulidad del mandamiento de detención preventiva y se disponga su libertad, la cual fue resuelta en la misma fecha, disponiéndose “no haber lugar” a la misma, tal cual consta de fs. 47 a 49.
- recurso de hábeas corpus -actualmente acción de libertad-
- no ordenó su libertad
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- Emerson Figueroa Morales,
- Walter Pérez Lora,
- José Luís Plaza Bernal, Sargento de la Policía Nacional,
- Teresa Vera de Gil, Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Jacinto Morón Sánchez,
- improcedente
- I.3 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- indebidamente procesada
- pese a que anuló la misma, no ordenó su inmediata libertad
- no consta que el recurrente hubiese reclamado dicho extremo ante esa autoridad
- APROBAR