SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2010-R
Fecha: 26-Abr-2010
a)
En audiencia, Fernando Renato Cabrera Ríos, Fiscal de Materia, señaló que: a) El caso es a denuncia de Dora Nicolaza Céspedes de Conde, por supuesta suplantación de cédula, con la que se habrían hecho préstamos de dinero con garantía hipotecaria y que por las investigaciones se ha podido establecer la probabilidad de la autoría de los recurrentes y que existe otra persona que se encuentra detenida preventivamente por este mismo hecho, Carlota Enriqueta Campos Velasco; b) Su actuación es en atención a la solicitud que le hizo el Servicio de Inteligencia de la Policía Nacional, en sentido de que los hoy recurrentes tuvieren en su inmueble documentación falsificada, por ello actúo en base a un mandamiento de allanamiento y procedió a secuestrar toda la documentación, y una vez aprehendidos les asignó un abogado defensor, pero se negaron a declarar; c) Posteriormente, se realiza la imputación formal por los delitos de falsedad material e ideológica y de uso de instrumento falsificado, notificándolos en el acto y poniéndolos a recaudo del Juez cautelar dentro del término de ley; sin embargo, el Juez de la causa dispone la libertad de los imputados, manifestando que previamente y en virtud a los arts. 226 y 224 del CPP se realice la citación a estos; lo cual fue cumplido y se los volvió a citar de manera personal, por lo que no existe vulneración a sus derechos y garantías constitucionales; d) Menciona también que ha sido denunciado por el recurrente ante la Fiscalía por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, privación de libertad por funcionario público, y atentados contra la libertad de trabajo, siendo dicha querella rechazada; e) Presenta también en audiencia a las víctimas que son muchas y que es por la información brindada por los medios de comunicación que la gente se ha apersonado; f) Finalmente, señala que la recurrente Fabiola Griselda Parra López, no se ha hecho presente en audiencia, debido a que tiene otros procesos penales y que pesa sobre ella un mandamiento de aprehensión emitido por el juez Álvaro Luis Melgarejo Escalante, a solicitud del fiscal Jorge Humberto Viscarra Silva; concluyendo con su solicitud de desestimar la petición de los recurrentes por cuanto ésta no sólo atenta los derechos y garantías constitucionales de las víctimas sino también la dignidad de un funcionario público.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- III.3. Análisis del caso
- procesamiento indebido
- APROBAR