Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2010-R
Fecha: 26-Abr-2010
II.2.
II.2. Asimismo, a fs. 4 y 5, se encuentran papeletas de segunda citación, realizadas por el Investigador del caso y ordenada por el Fiscal, Fernando Renato Cabrera Ríos, las que en su parte in fine señalan: “En caso de desobediencia se expedirá mandamiento de APREHENSION, de conformidad al Art. 224 del CPP”.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- III.3. Análisis del caso
- procesamiento indebido
- APROBAR