SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2010-R

Fecha: 26-Abr-2010

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 11 de agosto de 2007, cursante de fs. 10 a 11vta., el recurrente manifiesta que como consecuencia de una querella interpuesta contra  sus personas, por los supuestos delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, la misma que se encuentra en estado de investigación, en omisión del ordenamiento procesal penal, fueron en primera instancia detenidos por el Fiscal, Fernando Renato Cabrera Ríos y puestos a disposición del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, quien posteriormente dispuso su libertad.

Sin embargo el 10 de agosto de 2007, el Fiscal, juntamente con el Investigador, los citaron nuevamente bajo el rótulo de segunda citación, ordenándose comparecer el 13 de ese mes y año, en dependencias de la Fiscalía de Distrito a efectos de prestar sus declaraciones en la vía informativa bajo conminatoria de expedir mandamiento de aprehensión en caso de negativa, olvidándose que sus declaraciones informativas ya fueron prestadas, como consta en el cuaderno de investigaciones habiendo hecho uso al derecho del silencio.

Asimismo, se tiene que el párrafo quinto del art. 97 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no señala que el representante del Ministerio Público y/o querellante puedan pedir nueva o segunda declaración para el imputado, siendo que con esta citación lo que se pretende es quitarles su libertad y que es esta citación la causante de sus vejámenes y amedrentamientos debido a que se les anuncia con expedir mandamiento de aprehensión.