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    AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-RCA

    Fecha: 17-May-2010

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 3 de septiembre de 2007, cursante a fs. 715, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.4. Petitorio
    • improcedencia in límine
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • I.-
    • los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo de 48 horas de su notificación, sin ulterior recurso
    • II.3. Sobre el principio de inmediatez en la interposición del recurso de amparo constitucional
    • II.4. Naturaleza subsidiaria del recurso de amparo constitucional
    • 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
    • II.5. El caso de autos
    • ningún otro recurso
    • APROBAR

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