AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-RCA

Fecha: 17-May-2010

II.5. El caso de autos

En primer lugar de los datos del expediente se tiene que la Resolución de 12 de enero de 2006 (fs. 407 a 409 vta.), pronunciada por el Juez Primero de Partido de Trabajo del Distrito Judicial de Santa Cruz -ahora recurrido- dentro de la demanda por infracción de leyes sociales contra EMACRUZ, declaró probada la  denuncia, aplicando multa de Bs10 000.- ordenando la restitución al trabajo a Néstor Benjamín Cahuana Marín con reconocimiento de sueldos por el tiempo que estuvo privado de trabajo, y que notificado al recurrente Oscar Rolando Numberg en representación de EMACRUZ (fs. 411), interpuso recurso de apelación el 4 de febrero de 2006 (fs. 414 a 420 vta.) y resuelto  por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Distrito Judicial de Santa Cruz, confirmando  la Sentencia mediante  Resolución de 6 de abril de 2006 (fs. 467 a 470).