Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2010-RCA
Fecha: 24-May-2010
I.4. Petitorio
Solicita se le conceda el recurso, y se disponga: 1.- Declarar la legalidad de la Resolución HCMT 108/2007 de 18 de mayo. 2.- Dejar sin efecto la Resolución Municipal HCMT 183/2007 de 3 de septiembre. 3.- Nulidad de las sesiones extraordinarias de 3 de septiembre. 4.- Su restitución como Concejala titular de Teoponte. 5.- La Policía le otorgue garantías en el ejercicio de la función pública. 6.- Se reparen los daños y perjuicio ocasionados a su persona.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. Rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- el juez o tribunal de amparo, antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- si se constata
- II.3. Análisis del caso
- Fragmento 11
- 2º