AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2010-CA

Fecha: 03-May-2010

1)

Corrido en traslado el incidente mediante decreto de 9 de febrero de 2008, (fs. 35), fue respondido por Wilma Aguilera de Justiniano (fs. 42) quien señaló: 1) El recurso contiene errores de forma, como ser el referido a pedir al Juez consultante admitir el incidente, cuando debió pedir sea promovido; y 2) El Tribunal Constitucional en la SC 0035/2000 de 9 de junio y otras más, ha declarado la constitucionalidad del art. 49 de la LAPCAF. Por lo que pide se rechace promover el recurso.