Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0189/2010-CA
Fecha: 03-May-2010
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por Dora Miranda Choque contra Mario Adel Cossio Cortez, Prefecto y Comandante del departamento de Tarija y Mauricio Lea Plaza Peláez, Alberto Lazcano Henry, Víctor Hugo Zamora Castedo, Oscar Guillén Portal, Ramiro Gutiérrez Aguilar, Oscar Madariaga Tolaba, Héctor Sigfrido Quiroga y René Valdez Soruco, Miembros del Consejo Departamental, demandando la nulidad de la Resolución de Consejo Departamental 026/2008 y la Resolución Prefectural 74/2008, ambas de 28 de febrero, de la prefectura del departamento de Tarija.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- 1)
- I.3. Petitorio
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1.
- el art. 39 de la LTC, que se refiere al cómputo de plazos procesales para el Tribunal Constitucional una vez presentado o activado el recurso, no es aplicable al recurso directo de nulidad, que de manera específica está regulado por el art. 81 de la citada Ley, cuyo plazo, al no ser de carácter procesal, debe ser computado en días calendario.
- Fragmento 8
- corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentren en trámite en este Tribunal
- II.4. Análisis del caso concreto
- RECHAZA
- COMISIÓN DE ADMISIÓN