Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2010-CA
Fecha: 07-May-2010
consulta
En consulta la Resolución de 14 de marzo de 2008, cursante de fs. 9 a 10, pronunciada por el Tribunal Disciplinario de la Policía Nacional Departamental de Cochabamba, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Sandalio Coca Rocha, Nelson Roberto Claros Herrera, Rolando Viza Ramírez, Néstor Pinto Rojas, Johnny Wilson Anavi Garcia y Juan Carlos Vargas López demando la inconstitucionalidad del “Memorándum Circular” 036/2007 de 13 de marzo, por ser presuntamente contrario a los arts. 6.I, 7 incs. a), d), i) y j), 23, 29, 30, 31, 32, 34, 35 y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- los memorándums o circulares no pueden ser impugnados por esta vía, en la que sólo podrán ser objeto de control aquellas resoluciones que tienen carácter normativo;
- II.3.2.
- APRUEBA,