Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 032/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 032/2010-RCA

    Fecha: 03-May-2010

    i)

    El recurrente solicita se conceda el recurso y; i) Se reestablezca sus derechos, notificándolo legalmente con el Auto de “fs. 160 (fs. 18 de recurso)” (sic) referido al acta de remate, con reposición de obrados; y ii) Se pague daños y perjuicios, costas y gastos judiciales, erogados para el restablecimiento de sus derechos.

    • revisión
    • a)
    • i)
    • I.5. Tramite procesal en el Tribunal de amparo
    • improcedente
    • I.7. Tramite procesal en la Comisión de Admisión
    • Fragmento 7
    • los mismos están orientados a evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos necesarios para decidir sobre la pretensión jurídica deducida.
    • Los requisitos formales, son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97, los que podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo mencionado
    • II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
    • contenido o insubsanable
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca