AUTO CONSTITUCIONAL 032/2010-RCA
Fecha: 03-May-2010
revisión
En revisión la Resolución 135/2007 de 30 de agosto, cursante de fs. 65 a 66, pronunciada por el Juez Primero de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Zenobio Cusi Mamani contra Efraín García Luján, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial y René Delgado Arteaga, Juez Primero de Instrucción en lo Civil, ambos de El Alto del Distrito Judicial de La Paz; alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, a la inalterabilidad de los procesos judiciales y la garantía del debido proceso, previstos por los arts. 7 inc. a), 16.II y IV y 29 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- revisión
- a)
- i)
- I.5. Tramite procesal en el Tribunal de amparo
- improcedente
- I.7. Tramite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 7
- los mismos están orientados a evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos necesarios para decidir sobre la pretensión jurídica deducida.
- Los requisitos formales, son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97, los que podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo mencionado
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- contenido o insubsanable
- APROBAR