Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2010-R
Fecha: 03-May-2010
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 323/07 de 12 de octubre de 2007, cursante de fs. 18 a 20, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Germán Pedro Carmona Borda contra Eddy Wálter Fernández Gutiérrez y Juan José González Osio, Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad física, debido proceso y seguridad jurídica, consagrados en los arts. 6.II, 16.IV y "7 inc. a)" de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 23.I y 117.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del hábeas corpus
- III.4. Sobre el principio de informalidad y la falta de presentación de pruebas en el recurso de hábeas corpus
- III.5. Debido proceso y hábeas corpus, actual acción de libertad
- III.6. Análisis del caso concreto
- APRUEBA