SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2010-R
Fecha: 03-May-2010
I.2.3. Resolución
Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus, dictó la Resolución 09 de 9 de octubre de 2007, cursante de fs. 36 a 37, que declaró procedente el recurso, disponiendo que las autoridades recurridas ordenen la inmediata libertad de Platón Rodríguez Nina, conforme a las normas procesales en vigencia y sea sin costas, multas, daños ni perjuicios, en base a los siguientes fundamentos: 1) Resulta ser evidente que el recurrente estuviera detenido preventivamente, pese a haber caucionado su fianza y cumplido con las medidas sustitutivas impuestas por el mismo tribunal; y, 2) El tribunal se niega a emitir mandamiento de libertad, bajo el argumento que, existiría aún pendiente un recurso e apelación, ignorando su modificabilidad, establecida en el art. 250 del CPP, lesionando el principio de celeridad procesal.
- Magistrado Relator:
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- III.2. Armonización de terminología utilizada
- III.3. Naturaleza jurídica del hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre la actuación de las autoridades recurridas
- POR TANTO