Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2010-R
Fecha: 04-May-2010
II.4.
II.4. El 27 de enero de 2005, mediante memorial dirigido al Ministro de Gobierno, el recurrente en su condición de Director del Centro Penitenciario de San Pedro de Sacaba, de la ciudad de Cochabamba, solicitó la reposición del bono de asignación al cargo que no percibió desde su designación y del cual gozan todos los demás Directores de Centros Penitenciarios y sea a través de la División Administrativa del Ministerio a su cargo (fs. 8 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- 1)
- Fragmento 6
- procedente
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- a)
- III.1
- Fragmento 22
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- Fragmento 27
- Por tanto
- 2.