SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2010-R
Fecha: 10-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 10 de mayo de 2008, el recurrente, Jaime Eduardo Tapia Cortéz, señala que el 13 de junio de 2007, su representado fue ilegalmente acusado en juicio de responsabilidades ante la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material, uso de instrumento falsificado, conducta antieconómica y peculado.
Alega, que dentro de la tramitación del juicio oral, el 22 de enero de 2008, interpuso excepción de extinción de la acción por prescripción, en razón que desde la supuesta comisión de los hechos delictivos, que datan de las gestiones 1991 y 1992, a la fecha de la audiencia de juicio oral, transcurrieron dieciséis años. El Tribunal de Sentencia, rechazó la excepción indicando que la extinción por prescripción fue interrumpida el 3 de octubre de 1995, a denuncia de Mario Kisem Brieger, considerando por ende, el tiempo transcurrido de siete años, seis meses y ocho días inexistente.
Finalmente, indica que al haberse aplicado normas derogadas del Código Penal y el Código de Procedimiento Penal de 1972, se atentó contra su derecho a la libertad, a la defensa y al debido proceso, situación que abre el ámbito de tutela de este recurso porque como consecuencia del ilegal ejercicio del ius puniendi, se privó de libertad a su representado.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- IMPROCEDENTE
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 12
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- Fragmento 17
- sentencia condenatoria
- III.4.1.
- estando la causa en trámite de revisión ante este Tribunal
- Fragmento 21
- APROBAR