SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2010-R

Fecha: 17-May-2010

improcedente”

Asimismo, se declara “improcedente” en lo que respecta a la legitimidad o ilegitimidad de la Resolución y trámite correspondiente, toda vez que notificados debidamente los actuales recurrentes, recién en dichas instancias administrativas podrán ser cuestionados y reclamados los actos, utilizando los recursos que franquee la ley. Finalmente, “improcedente” en lo que respecta al derecho propietario toda vez que dicho derecho no se encuentra en cuestión.