SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.1.
II.1. Mediante acta de intervención de 16 de diciembre de 2004 (fs. 3 a 4), se constata que, efectivos del COA La Paz, a denuncia de un vecino de la zona, procedieron con el seguimiento de presuntas irregularidades de contrabando en la calle 33 esq. Av. 137, posteriormente, evidenciaron que del inmueble denunciado, salía un vehículo tipo Minibús marca Nissan, con placa de control 1341 AZT, conducido por Luís Vino Vino, con mercadería consistente en cajas de artículos de ferretería; además, aprovechando que la puerta del inmueble se encontraba abierta, constataron que en el interior se encontraba otro vehículo marca Volvo, de color blanco, con placa de control 795-NUG y que por su carrocería de la parte delantera sobresalían cajas de artefactos eléctricos, cuando ingresaron a dicho inmueble supuestamente por invitación de la hija de Víctor Sarzuri Tito propietario del vehículo antes señalado, procediendo los efectivos del COA a llevarse la mercadería y los dos vehículos mencionados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- denegó
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 26
- III.3. Análisis del caso
- III.4.
- III.5.
- 2º