SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2010-R

Fecha: 24-May-2010

a)

El recurrente a través de su abogado, ratificó todos los términos de su demanda, y añadió que: a) Construyó su vivienda en los predios afectados donde vive con su familia dedicándose a la actividad del pastoreo y la agricultura; b) No se ha seguido ningún procedimiento administrativo de expropiación; c) La apertura se la ha realizado por medio del terreno; y, d) Para que exista una expropiación primero debe existir una declaración de necesidad y utilidad pública, y toda expropiación debe pagar el justo precio, y que a él, jamás le notificaron ni siquiera con la advertencia de que el Municipio tenía la intención de hacer una regulación urbana.