SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2010-R

Fecha: 24-May-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 25 de agosto de 2006 (fs. 29 y 30 vta.), el recurrente, ahora accionante, afirma que mediante Resolución Suprema (RS) 184761 de 30 de agosto de 1977, fue beneficiado con la consolidación de dos parcelas de terreno denominadas Kelkerini de “2.2475” has y Chisihuincalla con “0.9750” has, respectivamente, en el ex fundo denominado “San Pedro de Desaguadero”, cantón Desaguadero, provincia Ingavi del Departamento de La Paz, derecho propietario debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR), bajo partida “1743, Fojas Nº 1743” (sic), del libro de propiedades 37 de 17 de septiembre de 1981, traspasado a la partida computarizada 01304136, predio en el que se encuentra edificado su domicilio familiar.

Arguye que el 1 de agosto de 2006, a partir de horas 18:00, funcionarios del municipio de Desaguadero, encabezados por el Alcalde Municipal, Esperidión Mamani Quispe, de manera violenta, arbitraria, amenazando a su esposa, ingresaron a su propiedad con maquinaria pesada, haciendo una apertura de camino de 13 m de ancho con 43.70 m de largo, sin respetar los linderos que delimitan su propiedad y sin que exista un trámite de expropiación u otro proceso administrativo y tampoco haya sido notificado con ningún plan de ordenamiento territorial proveniente del Municipio, no obstante de tratarse de la apertura de una avenida y no de un ensanchamiento de vía para pedirle rasante de línea, por lo que esa vía de hecho atenta el principio de seguridad jurídica, viola su derecho propietario y a la propiedad.