SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2010-R
Fecha: 31-May-2010
este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
De conformidad a lo establecido en el art. 410 de la CPE, al ser la Constitución la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y gozar de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, a objeto de cumplir el mandato y las funciones establecidas por los arts. 1 y 7 de la LTC, 4 de la Ley 003, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, mediante la SC 0011/2010-R de 6 de abril este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional en observancia y coherencia con los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por el país y que forman parte del bloque de constitucionalidad.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- Fragmento 15
- III.2.
- ilegalmente perseguida
- sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente
- pese a no acreditarse ni justificarse el estado de salud del acusado o procesado, hoy accionante
- sabía que ante su inasistencia a la audiencia de 1 de diciembre de 2007, se fijó una nueva para el 3 de diciembre del mismo año
- en ninguna parte consta que hubiese estado con impedimento o de gravedad
- han sido evaluados por el Tribunal de Sentencia demandado en su oportunidad y en base a su sana crítica
- el mandamiento de aprehensión librado contra el accionante ha sido emitido por autoridad competente, en base a una Resolución fundamentada, de conformidad a lo previsto por los arts. 87 y 89 del CPP, y al no darse los presupuestos exigidos para que el mismo sea considerado una persecución ilegal o indebida, no corresponde otorgar la tutela solicitada
- APROBAR