SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2010-R

Fecha: 31-May-2010

resolvió "Revocar la Resolución Administrativa GROGR ULEOR 34/2004 de 7 de mayo, dictada por el Administrador de Aduana Frontera Tambo Quemado de la Aduana Nacional y; consiguientemente, declaró extinguidas la obligación tributaria establecida en Bs.260.917 (doscientos sesenta mil novecientos diecisiete bolivianos) contra la Agencia Despachante de Aduana OTEDESA, por el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus derivados y la multa por el delito de defraudación y contravenciones". Es importante colegir también que en virtud al contenido de la parte considerativa y resolutiva de esta resolución, la Nota de Cargo 06/2002, fue también revocada.

En virtud a la documental en copias legalizadas que cursa de fs. 48 a 54, se evidencia que Mediante Resolución de recurso de alzada STR/LPZ/RA 0007/2005, el Superintendente Tributario Regional de La Paz, resolvió "Revocar la Resolución Administrativa GROGR ULEOR 34/2004 de 7 de mayo, dictada por el Administrador de Aduana Frontera Tambo Quemado de la Aduana Nacional y; consiguientemente, declaró extinguidas la obligación tributaria establecida en Bs.260.917 (doscientos sesenta mil novecientos diecisiete bolivianos) contra la Agencia Despachante de Aduana OTEDESA, por el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus derivados y la multa por el delito de defraudación y contravenciones". Es importante colegir también que en virtud al contenido de la parte considerativa y resolutiva de esta resolución, la Nota de Cargo 06/2002, fue también revocada. (resaltado nuestro).

Se concluye también que de manera expresa esta decisión establece que la ley aplicable al caso concreto es el CTb de 1992 (fs. 51); por tanto, en aplicación de esta disposición se determina la prescripción de la obligación tributaria, razón por la cual, se revoca la Resolución Administrativa GROGR ULEOR 034/2004.