SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2010-R

Fecha: 31-May-2010

siempre y cuando una vez agotados los mecanismos internos para su cuestionamiento, sean confirmados; y por tanto, adquieran "firmeza" en sede administrativa

Ahora bien, una vez establecida la dogmática propia de los actos administrativos, es imperante centrar las ideas en la administración aduanera, concretamente en la llamada potestad aduanera, cuya génesis constitucional encuentra cauce en la función administrativa emergente de la separación de poderes antes mencionada, es así que el art. 30 de la Ley General de Aduanas (LGA), plasma expresamente esta potestad, disposición a partir de la cual es comprensible en un entendimiento "normativo sistémico", la potestad de emisión de actos administrativos destinados al cobro de obligaciones impositivas vinculadas al ámbito aduanero. En este contexto, siguiendo un orden cronológico de los antecedentes compulsados, debe manifestarse que la Resolución Administrativa GROGR ULEOR 034/2004 y la Nota de Cargo  06/2002, constituyen actos administrativos emergentes de la potestad aduanera; por tanto, a estos actos, les son aplicables las características de los actos administrativos descritas en el art. 27 de la LPA, siempre y cuando una vez agotados los mecanismos internos para su cuestionamiento, sean confirmados; y por tanto, adquieran "firmeza" en sede administrativa.