AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2010-RCA

Fecha: 09-Jun-2010

Fragmento 5

El recurrente señala que las autoridades recurridas han atentado contra sus derechos, a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, porque dentro del juicio oral  seguido en contra suya, formuló la excepción de extinción de la acción penal, pero ésta fue declarada improbada, por lo que interpuso recurso de apelación incidental, pero los recurridos rechazaron su impugnación con  el argumento de “racionalización de la impugnación”. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de garantias al haber declarado improcedente in límine el recurso ha obrado correctamente.