Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2010-RCA
Fecha: 09-Jun-2010
revisión
En revisión la Resolución 59/2007 de 24 de octubre, cursante de fs. 59 a 60 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Víctor Lima Gutiérrez contra Rubén Ramírez Conde y César W. Portocarrero Cuevas, Jueces Técnicos del Tribunal Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y Franklin Aguilar Boyán, Fiscal de Materia, alegando la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- señalan que: “…no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de
- II.3.
- al momento de resolver
- sino que las partes podrán reservarse el derecho de recurrir una vez pronunciada la sentencia cuando exista agravio”.
- APROBAR