AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

I.

Conforme establece el art. 97 de la LTC, los requisitos de forma y contenido son: I. Acreditar la personería del recurrente; II. Nombre y domicilio de la parte recurrida o de su representante legal; III. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirven de fundamento; IV. Precisar los derechos o garantías que consideren restringidos, suprimidos o amenazados; V. Acompañar las pruebas que se fundan la pretensión; y VI. Fijar con precisión el amparo que solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados; en el presente caso han sido debidamente cumplidos.