AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2010-RCA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2010-RCA-BIS

Fecha: 30-Jun-2010

Fragmento 6

La recurrente -hoy accionante-, alega que la autoridad recurrida -hoy demandada-, ha lesionado sus derechos a la vida, al trabajo y a una remuneración justa; destituyéndosela de su fuente laboral, pese a que las autoridades municipales jerárquicas, conocían de su estado de gravidez, vulnerando lo previsto en los arts. 1 y 2 de la Ley 975; es así que ante los reclamos permanentes, la reincorporaron con un nuevo ítem a otro puesto de trabajo, reduciendo su salario de Bs7800.- (siete mil ochocientos bolivianos) a 2200.- (dos mil doscientos bolivianos), pero el nuevo puesto laboral no era adecuado para su estado de embarazo; además, se le hacía trabajar horas extras con recarga laboral, situaciones que provocaron, el nacimiento prematuro de su bebé, con el consiguiente fallecimiento. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de garantías, al haber declarado improcedente in límine la acción, ha obrado correctamente.