AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2010-CA

Fecha: 30-Jun-2010

II.1. Norma    jurídica     impugnada     y     preceptos     constitucionales supuestamente infringidos

Se impugnan los arts. 98 de la LTC en la frase: “…en el plazo de veinticuatro horas…”; 101 de la misma Ley, en sus frases: “…el recurrente podrá (…) modificar o ampliar los términos de su demanda…” y “…ambas partes podrán ofrecer pruebas relativas al objeto del recurso” y el art. 90 inc. b) del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, cuyo texto señala: “…El servidor interino continuará en el puesto hasta que se designe al nuevo titular. Si pasados los 90 días no se llegara a cubrir el cargo vacante, se designará al funcionario interino como titular del puesto”; por presuntamente vulnerar los arts. 6.I, 7 inc. a), 16.II y IV, 19, 59.1ª, 96.1ª y 229 de la CPEabrg.