AUTO CONSTITUCIONAL 0394/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la "... revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009" y toda vez que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los marcos establecidos por la ley y con el análisis y fundamentación que corresponde, el Pleno de este Tribunal a través del Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. En consecuencia, y dado que el caso fue sorteado 15 junio de 2010, el presente Auto Constitucional es pronunciado dentro de plazo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.5. Análisis del caso
- Fragmento 9
- una ley, decreto o cualquier género de resolución
- APROBAR,