Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0272/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.1.
II.1. El recurso de hábeas corpus, fue presentado el 6 de diciembre de 2007, a las 12:00, en el Juzgado Tercero de Partido y de Sentencia de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, según el cargo de presentación que cursa en obrados (fs. 4). Y habiéndose procedido con la distribución de la causa, se remitió al Juzgado Segundo de Partido y de Sentencia a las 9:30 del 8 del mismo mes y año, señalándose audiencia para el 10 de diciembre de 2007, a horas 9:30 am (fs. 4 vta. a 5).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad, y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- II.
- Fragmento 15
- III.4. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el supuesto de actuación ilegal del fiscal
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR