SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0281/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0281/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

II.5.

II.5.    El 6 de julio de 2006, mediante decreto, la Comisión de Ética, integrada por Marcio Sandoval Salazar y Víctor Casón, determinó que el recurrente al haber sido citado legalmente y haber contestado a dicha autoridad dentro del término hábil el 19 de junio del mismo año al referido Auto Inicial del proceso, constituyó dicha contestación en sometimiento y allanamiento al proceso administrativo iniciado en su contra. Además estableció que el procedimiento contenido en los arts. 35 y ss. de la LM, no contempla la substanciación de revocatoria luego de recibida la contestación del procesado, por lo que rechazó el memorial presentado por el recurrente (fs. 94).