SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0294/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
procedente en parte
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 047/06 de 26 de octubre de 2006, cursante de fs. 161 a 164, declarando procedente en parte el recurso y concede parcialmente la tutela solicitada, disponiendo se restituya a las menores N.R.A.R. y F.A.A.R. con su madre en los términos de la providencia de 14 de agosto de 2006, debiendo proseguirse con el tramite de modificación de la guarda de las referidas niñas; asimismo, deja sin efecto la medida cautelar de arraigo de Marcelo Williams Avilés Cárdenas ordenado por Auto de Admisión de 20 de Octubre de 2006, en razón a las específicas labores que cumple el recurrido como funcionario de una línea aérea, además tomando en cuenta las obligaciones de sustento a las que está sujeto con referencia a las menores; sin costas ni responsabilidad a ninguna de las partes por ser excusable.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ante un simple pedido de Marcelo Williams Avilés Cárdenas, la Jueza dejo sin efecto esa orden y decidió que las niñas permanezcan en manos del progenitor quien a la vez derivo la guarda a la abuela paterna, ya que el progenitor vive en Santa Cruz
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas, y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- infracción de las disposiciones legales procesales,
- En cuanto al derecho a la defensa
- En cuanto al derecho de petición
- En cuanto a la actuación de la
- se vulneró el derecho de la accionante
- Con relación a las funcionarias de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- Con relación a las personas particulares
- APROBAR