Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0304/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.2.
II.2. El 14 de diciembre de 2007, solicitó la cesación de su detención preventiva, que fue rechazada en la audiencia pública realizada el 22 del mismo mes y año, por la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, planteando por ello en dicha fecha, el recurso de apelación que fue presentado ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, al haberse decretado suspensión ese día, quedando el señalado Juzgado de turno, Despacho que debía remitir a su similar Segundo de Instrucción en lo Penal, que por turno tenía que conocer los procesos con detenidos que tengan señalamientos de audiencia los que estaban en trámite las apelaciones sobre cesación de detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Procedencia de la ahora acción de libertad
- Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- Remisión oportuna del recurso de apelación sobre cesación de detención preventiva
- III.4. El caso en examen
- III.5. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- REVOCAR