SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, refiere la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, debido proceso y petición, puesto que inició proceso para la reparación del daño civil, contra Eusebio Choque Zapata y Cleofe Marcelina Chuquimia de Choque, en virtud a la Sentencia condenatoria 42/2003 de 9 de septiembre, obteniendo del Juez Tercero de Sentencia la Resolución 004/2006 de 24 de abril, que ordena el pago de $us16 200.- a su favor por reparación de daños, a ser pagados en cuotas trimestrales de $us4 050.-; decisión contra la que planteó apelación incidental, también interpuesta por los demandados. Mediante Auto de Vista 215/2006 de 28 de julio, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior declaró inadmisible la impugnación del recurrente, y admitió la de los demandados disponiendo la revocatoria de la orden de reparación del daño por falta de legitimación y por carecer de prueba idónea. El recurrente, solicitó complementación y enmienda, que fue declarada “No a lugar” mediante Resolución 111/2006 de 16 de agosto. En consecuencia corresponde dilucidar en revisión si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
- la parte procesal, que se considera agraviada con los resultados de la interpretación porque lesionan sus derechos fundamentales, exprese de manera adecuada y precisa los fundamentos jurídicos que sustenten su posición, fundamentos en los que deberá exponer con claridad y precisión los principios o criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación y consiguiente aplicación de la norma interpretada
- a) Seguridad jurídica:
- b) El debido proceso:
- i) Derecho fundamental:
- ii) Garantía jurisdiccional:
- 1.
- 2.
- APROBAR