Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra el representado del recurrente, por el Banco Unión S.A., la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal Liquidadora, modificó las medidas cautelares por Auto 181/02 de 12 de noviembre de 2002, entre ellas, el arraigo que pesaba contra el representado del recurrente (fs. 36 a 37).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- “accionante”
- o dilación
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso
- es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud.
- APROBAR