Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0404/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.
II.2. Luego de la apelación interpuesta, el recurrente, solicitó reiteradamente la remisión de obrados ante la Corte Superior de Distrito, (fs. 4 y vta.), sin que para el efecto hubiera provisto de los recaudos necesarios, no habiéndose demostrado la condición económico social que pretende arrogarse el recurrente (fs 4 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- denegar
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- III.3. Con respecto a la seguridad jurídica
- seguridad jurídica
- III.4. El debido Proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR