SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

Fragmento 24

         En el caso de autos, el accionante denuncia que fue ilegalmente detenido el 6 de febrero de 2008, sin que exista flagrancia, atribuyéndosele el supuesto ilícito de homicidio, encontrándose a la fecha de interposición del recurso tres días detenido e incomunicado en dependencias de la FELCC, sin la asistencia de un abogado para garantizar sus derechos; sin embargo, no ha demostrado que previamente a la interposición de la presente acción tutelar hubiera acudido ante el juez de instrucción en lo penal en reclamo de la supuesta detención ilegal de la que alega fue objeto, sin tomar en cuenta que conforme la uniforme línea jurisprudencial acogida y compatibilizada de acuerdo al nuevo orden constitucional vigente, antes de  recurrir a este recurso pudo denunciar tales extremos ante la autoridad judicial competente, en cualquier momento de la investigación, a quien le correspondía previamente a definir su situación jurídica, efectuar el control de la legalidad de la aprehensión efectuada por el   fiscal o los policías; y no hacerlo por medio de esta acción, que no sustituye los medios establecidos en el ordenamiento adjetivo penal.