SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0415/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
concedió
Por Resolución 119 de 24 de noviembre de 2006, cursante de fs. 133 a 135 vta., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concedió el amparo constitucional, anulando y dejando sin efecto los Autos de Vista 96/2006 y su complementario de 9 de agosto de 2006, disponiendo que los Vocales recurridos dicten nuevo Auto de Vista observando la congruencia y pertinencia que determina el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), en base a la siguiente fundamentación: 1) Es manifiesta la incongruencia en el Auto de Vista 96/2006, porque no puede anularse la Sentencia para que las partes vayan a llevar su causa a otro Tribunal, además no se aclara si es una nulidad total o parcial, incluso en su Resolución de aclaración; y, 2) Procesalmente no es correcto entrar en el fondo bajo la resolución de anular obrados.
- recurso
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3 Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- amparo constitucional
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- de los tribunales de alzada en particular
- el art. 236 del CPC,
- III.4. El caso de análisis
- El
- APROBAR