SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega que se vulneraron los derechos de la empresa que representa a la seguridad, a la igualdad y la garantía del debido proceso y a la tutela judicial efectiva que se encuentran previstos en los arts. 14.I y 115.I y II de la CPE, ya que según él, dentro del proceso ordinario de daños y perjuicios seguido por Toyofumi Kuroiwa, el Juez recurrido emitió la Resolución 1032/2006 de 31 de octubre, mediante la cual, se omitió la exigencia establecida por el Reglamento del Poder Judicial, referente al pago de aranceles; asimismo, afirma que la autoridad recurrida, ordenó el congelamiento de fondos de la empresa que representa, aceptando como contracautela un inmueble con dos avalúos diferentes y contradictorios dando preferencia al avalúo pericial frente al catastral. Señala también que contra esta determinación planteó recurso de reposición con alternativa de apelación, reposición que fue rechazada, concediéndose la apelación en el efecto diferido, aspecto que según el recurrente, hace procedente la tutela a través del amparo constitucional. Por lo expuesto, corresponde ahora verificar si los derechos denunciados como vulnerados merecen la protección de tutela constitucional en el marco de los alcances de los arts. 19 de la CPEabrg., y 128 de la CPE, tarea que será realizada a continuación: