Magistrados :
Los sucritos Magistrados, expresaron su desacuerdo con la decisión de conceder la tutela solicitada respecto al derecho de petición en el caso del epígrafe venido en revisión, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamentan su disidencia conforme a los siguientes términos:
- Magistrados :
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 3
- 1) Sobre la solicitud de reconocimiento del Comité de Vigilancia:
- 2) Duplicidad del Comité de Vigilancia, del cual la accionante aduce ser Presidenta:
- 3) Respecto a la presunta falta de respuesta a solicitudes efectuadas por la accionante:
- 4) En cuanto a la solicitud de informes:
- APROBAR
