Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2010-RCA
Fecha: 05-Jul-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR, con los argumentos expuestos, la Resolución de 15 de enero de 2008, cursante a fs. 60 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- remítase los actuados a la Sala Penal de Turno de la R. Corte Superior de Justicia
- APROBAR,