Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2010-RCA
Fecha: 05-Jul-2010
I.4. Petitorio
Solicita se conceda el amparo solicitado y se lo declare procedente, disponiéndose se deje sin efecto alguno la providencia de 25 de octubre de 2007, y se pronuncie la autoridad recurrida respecto la solicitud de ejecutoria de la Sentencia, dictada por ese órgano jurisdiccional, estableciéndose la responsabilidad civil con monto indemnizable a su favor en calidad de afectada por los actos y omisiones indebidos de la autoridad recurrida.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- remítase los actuados a la Sala Penal de Turno de la R. Corte Superior de Justicia
- APROBAR,