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    AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2010-RCA

    Fecha: 12-Jul-2010

    I.4. Petitorio

    Solicita que al no existir otro recurso para hacer prevalecer sus derechos, ante “una aparente cosa juzgada con la Sentencia Nº 769/01”, se declare “procedente” y se anule obrados hasta el vicio más antiguo; es decir hasta la citación con la demanda de nulidad parcial de contrato de compra-venta y exclusión de nombre de fs. 7, con responsabilidad civil para el recurrido.

    • revisión
    • I.1. Síntesis del recurso
    • a)
    • I.4. Petitorio
    • improcedente in límine
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • Fragmento 9
    • previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • II.4.1.
    • II.4.2.
    • Fragmento 13
    • con las aclaraciones efectuadas, APROBAR

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