AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2010-RCA

Fecha: 21-Jul-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente -hoy accionante-, señala que su madre María Cristina del Rosario Canedo de Justiniano, en su calidad de Presidenta de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, conjuntamente con Beatríz Alcira Sandoval Bascopé de Capobianco Ministra, emitieron Resolución concediendo medidas sustitutivas a la detención preventiva en favor de Luís Alberto Valle Ureña; en el juicio de privilegio en su contra, en razón de no haber elementos de convicción para la detención preventiva, por lo que Nardi Suxo, Viceministra de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, interpuso denuncia penal contra las dos Ministras, iniciándose una investigación totalmente irregular y violatoria a sus derechos y garantías proclamados por la Constitución Política del Estado abrogada, Convenciones, Tratados Internacionales, Código de Procedimiento Penal y Ley 2623 de 22 de diciembre de 2003, atentando contra sus derechos a la petición, a la defensa, señalando los arts. 7 incs. a) y h) y 16.IV de la CPEabrg. A fin de asumir defensa, solicitó reiteradas veces “FOTOCOPIA LEGALIZADA Y CERTIFICACIONES” (sic) de todo lo obrado en la investigación a la Comisión de de Constitución Justicia y Policía Judicial de la Honorable Cámara de Diputados; hasta que el 14 de noviembre de 2007, se ordenó se le franquee la documentación solicitada, pero a la fecha no pudo obtener la documentación requerida, pese a ser persistente, acudiendo seguido a la institución, en la que le niegan con una serie de argumentos. Considera que al no haber otro recurso para la protección inmediata de los derechos fundamentales vulnerados, recurre ante el Tribunal de garantías.

El recurrente -hoy accionante-, señala que su madre María Cristina del Rosario Canedo de Justiniano, en su calidad de Presidenta de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, conjuntamente con Beatríz Alcira Sandoval Bascopé de Capobianco Ministra, emitieron Resolución concediendo medidas sustitutivas a la detención preventiva en favor de Luís Alberto Valle Ureña; en el juicio de privilegio en su contra, en razón de no haber elementos de convicción para la detención preventiva, por lo que Nardi Suxo, Viceministra de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, interpuso denuncia penal contra las dos Ministras, iniciándose una investigación totalmente irregular y violatoria a sus derechos y garantías proclamados por la Constitución Política del Estado abrogada, Convenciones, Tratados Internacionales, Código de Procedimiento Penal y Ley 2623 de 22 de diciembre de 2003, atentando contra sus derechos a la petición, a la defensa, señalando los arts. 7 incs. a) y h) y 16.IV de la CPEabrg. A fin de asumir defensa, solicitó reiteradas veces “FOTOCOPIA LEGALIZADA Y CERTIFICACIONES” (sic) de todo lo obrado en la investigación a la Comisión de de Constitución Justicia y Policía Judicial de la Honorable Cámara de Diputados; hasta que el 14 de noviembre de 2007, se ordenó se le franquee la documentación solicitada, pero a la fecha no pudo obtener la documentación requerida, pese a ser persistente, acudiendo seguido a la institución, en la que le niegan con una serie de argumentos. Considera que al no haber otro recurso para la protección inmediata de los derechos fundamentales vulnerados, recurre ante el Tribunal de garantías.