Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0433/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
rechazó
Mediante Resolución 273/08 de 27 de octubre de 2008, cursante de fs. 37 a 38, la Jueza Sexta de Instrucción en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazó la solicitud formulada por Edgar Torrez Cuéllar, manifestando que: 1) La norma acusada de inconstitucional no es la que se ha aplicado al caso de autos, no existiendo vinculación alguna con el supuesto derecho lesionado; y, 2) El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad debe ser presentado antes de la ejecutoria de la sentencia.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Alcances del control de constitucionalidad
- Fragmento 7
- antes de la ejecutoria de la sentencia”
- en los casos en que el incidente de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
- Fragmento 10
- el proceso se encuentra debidamente ejecutoriado
- APROBAR,