Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2010-CA-BIS
Fecha: 12-Jul-2010
recurso directo de nulidad,
El recurso directo de nulidad, interpuesto por Ernestina Vidal Araúz en representación de Aldo López Peinado, Gerente-Propietario de la Empresa Unipersonal Distribuidora de Gas Licuado de Petróleo (GLP) “Nueva Esperanza” contra Daen Germaín Caballero Vargas y William Toledo Méndez; Alcalde e Intendente respectivamente, ambos del Gobierno Municipal de San José de Chiquitos del departamento de Santa Cruz; demandando la nulidad de la Resolución Ejecutiva de 13 de octubre de 2008 y “…la orden emitida por el Ejecutivo Municipal, emergente de la resolución impugnada, contenida en el acta de reunión de fecha 13 de octubre de 2008…” (sic).
- recurso directo de nulidad,
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- a)
- procede contra actos y resoluciones que tengan carácter decisorio y que causen agravios
- han impugnado actos que no tienen el carácter decisorio, en consecuencia, no puede proceder el presente recurso, por cuanto los actos cuestionados no resuelven el fondo del asunto ni causan agravio alguno a los recurrentes
- 'es la persona agraviada' la que presentará directamente el recurso
- es la persona que ha sido directamente perjudicada por un acto o resolución proveniente de autoridad pública
- se considera agraviada a la persona que ha sido directamente perjudicada material y moralmente con el acto o resolución proveniente de autoridad pública
- II.4. Análisis del caso
- per se,
- RECHAZA