Sentencia: 0425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0425/2010-R

Fecha: 15-Jul-2010

A) El Principio pro homine

Tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reconocen en sus arts. 5 y 29, respectivamente, el principio pro hómine como criterio de interpretación de las normas sobre Derechos Humanos.  En virtud a este principio, el juzgador debe aplicar aquellas normas que resulten más favorables para el ser humano, cuando es el Estado, a través de sus autoridades o servidores públicos, quienes los lesionan. También implica que las normas sobre Derechos Humanos deben ser interpretadas en el sentido que más favorezca a la persona, a su dignidad y derechos.