Sentencia: 0425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0425/2010-R

Fecha: 15-Jul-2010

normas más favorables

Este criterio de interpretación tiene diversas consecuencias y funciones, siendo la fundamental que el exegeta no puede arbitrariamente efectuar la interpretación de los derechos y sus garantías, sino que debe buscar el sentido de los mismos en las normas contenidas en Pactos Internacionales sobre derechos humanos. En ese ámbito, son relevantes las cláusulas de interpretación de los derechos que se encuentran contenidas en los tratados sobre derechos humanos, como el principio pro homine y el de interpretación progresiva.